El pleno del Congreso de los Diputados ha rechazado la enmienda a la totalidad con texto alternativo impulsada por el Grupo Parlamentario Popular a la Proposición de Ley Orgánica de regulación de la eutanasia presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.
La enmienda de texto alternativo a esta proposición ha sido rechazada por 210 votos a favor, 210 en contra y 1 abstención. A la vista de este resultado, la proposición de ley, junto a las enmiendas al articulado que presenten los grupos, será debatida en ponencia y Comisión, donde se elaborará un dictamen que se elevará de nuevo a Pleno para remitirlo después al Senado, una vez superada la mayoría absoluta necesaria por su carácter orgánico.
La proposición de ley, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista y cuya toma en consideración ya se aprobó en la sesión plenaria del 26 de junio de este año, pretende dar una “respuesta jurídica, equilibrada y garantista, a una demanda sostenida de la sociedad actual como es el de la eutanasia”.
Para ello, el grupo proponente busca “legislar para respetar la autonomía y voluntad de poner fin a la vida de quien está en una situación de enfermedad grave e incurable, o de discapacidad grave y crónica, padeciendo un sufrimiento insoportable que no puede ser aliviado en condiciones que considere aceptables”.
Con ese fin, continúan, “la presente ley despenaliza la eutanasia en determinados supuestos, definidos claramente, y sujetos a garantías suficientes que salvaguarden la absoluta libertad de la decisión, descartando presión externa de cualquier índole”.
El objetivo del grupo Socialista es “dotar de una regulación sistemática y ordenada de los supuestos en los que la eutanasia no deba ser objeto de reproche penal”. Así, la ley distingue entre dos conductas eutanásicas diferentes, la eutanasia activa y aquella en la que es el propio o la propia paciente la persona que termina con su vida, para lo que precisa de la colaboración de un profesional sanitario que, de forma intencionada y con conocimiento, facilita los medios necesarios, incluido el asesoramiento sobre la sustancia y dosis necesaria para su prescripción, o incluso, su suministro con el fin de que el paciente o la paciente se lo administre.
Por su parte, la eutanasia activa es la acción por la que un profesional sanitario pone fin a la vida de un o una paciente de manera deliberada y a petición de este o esta, cuando se produce dentro de un contexto eutanásico por causa de enfermedad grave e incurable o discapacidad crónica causantes de un sufrimiento intolerable.
Propuesta de texto alternativo
Por su parte, el texto propuesto por el Grupo Parlamentario Popular tenía como objetivo regular y proteger el derecho de las personas a una adecuada atención sanitaria en el proceso final de su vida; a establecer los deberes de los profesionales sanitarios que atienden a los pacientes que se encuentran en esta situación y a definir las garantías que las instituciones sanitarias están obligadas a ofrecer.
Planteaba el grupo proponente que su “apuesta y compromiso por unos cuidados paliativos de calidad, una adecuada atención sanitaria y una actuación integral de las administraciones para que el proceso natural de final de la vida responda a esos principios de humanidad y respeto a la dignidad intrínseca de todas las personas”.
En su exposición de motivos explican que dicha propuesta de ley pretendía “facilitar la humanización del proceder médico-asistencial, la defensa bioética y el modelo deliberativo en el proceso de toma de decisiones relacionadas con los cuidados paliativos, que han de orientase en todo momento a aliviar, en lo posible, el sufrimiento del paciente y de sus personas más allegadas”. Por otra parte, también se pretendía “regular los deberes de los profesionales y de las instituciones sanitarias, y procurar seguridad jurídica mediante la prescripción de directrices claras”.
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